La Ley de Segunda Oportunidad no es una cancelación automática. Es el nombre habitual de la exoneración del pasivo insatisfecho regulada en la Ley Concursal.
Requisito básico: ser persona física
Puede solicitarla una persona natural, sea o no empresario. Por eso puede afectar tanto a particulares como a autónomos.
Buena fe y causas que impiden la exoneración
La ley exige buena fe y prevé impedimentos concretos, entre ellos determinados antecedentes o sanciones y el incumplimiento de los deberes de colaboración e información. No basta con tener deudas: hay que revisar el expediente completo.
Documentación inicial
Conviene reunir relación de acreedores y deudas, ingresos, patrimonio, contratos de préstamo, embargos y declaraciones de IRPF recientes. No envíes esa documentación por un formulario abierto.
Preguntas frecuentes
¿Hay una deuda mínima?
La ley no fija una cifra única que sustituya el análisis de insolvencia y de los requisitos del caso.
¿Puedo solicitarla si trabajo?
Tener ingresos no impide por sí solo estudiar la exoneración; influye en la viabilidad y, en su caso, en el plan de pagos.
Consulta nuestra valoración de Segunda Oportunidad.
Antes de pedir una valoración, puedes utilizar la checklist de Ley de Segunda Oportunidad para ordenar esta documentación sin enviar datos sensibles.


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