Un comprador descubre que el piso tenía una carga que nadie le advirtió, o que la vivienda no era legalizable, y reclama. ¿Contra quién? Muchas veces, contra la inmobiliaria que intermedió. La responsabilidad de la agencia es un riesgo real que conviene conocer y, sobre todo, blindar. Te explicamos cuándo responde una inmobiliaria y cómo protegerte.
Aviso: guía informativa para profesionales del sector. En Ros Legal Abogados protegemos jurídicamente a las agencias inmobiliarias. Primera consulta gratuita: 606 300 234.
De dónde nace la responsabilidad de la inmobiliaria
La relación entre la agencia y su cliente es un contrato de mediación o corretaje: la inmobiliaria se obliga a poner en contacto a las partes y facilitar la operación a cambio de una comisión. De ese contrato —y de la buena fe— derivan deberes cuyo incumplimiento puede generar responsabilidad:
- Deber de información veraz: no ocultar ni transmitir datos falsos sobre el inmueble.
- Deber de diligencia: comprobar los aspectos esenciales que un profesional debe verificar.
- Deber de lealtad hacia el cliente.
Los tribunales han condenado a agencias que, actuando como profesionales, no comprobaron cargas, la situación registral o urbanística, o que dieron por buena información sin contrastarla, cuando ello causó un perjuicio al comprador.
Los tres frentes de riesgo más habituales
- Cargas y situación registral: vender como “libre de cargas” un inmueble hipotecado o embargado.
- Situación urbanística: intermediar en una vivienda con problemas de legalización, fuera de ordenación o sin licencia.
- Comisión y nota de encargo: conflictos sobre cuándo se devenga la comisión, la exclusividad o la duración del encargo.
Cómo blindar tu agencia
- Nota de encargo bien redactada: define con claridad el objeto, la exclusividad, la duración, cuándo se devenga la comisión y las obligaciones de cada parte. Es tu primera línea de defensa.
- Due diligence documentada: deja constancia de las comprobaciones que haces (nota simple del Registro, situación urbanística, certificados). Si algo falla, poder demostrar que actuaste con diligencia lo cambia todo.
- Cláusulas de información al comprador: que el cliente reciba y firme la información relevante del inmueble.
- Seguro de responsabilidad civil profesional adecuado a tu actividad.
- Contratos y comunicaciones por escrito: lo que no está documentado, no existe ante un juez.
Preguntas frecuentes
¿Responde la inmobiliaria si el vendedor ocultó una carga?
Depende. Si la agencia, como profesional, debió detectarla con una comprobación diligente (una nota simple) y no lo hizo, puede responder frente al comprador.
¿La nota de encargo me protege?
Sí, si está bien redactada: delimita tus obligaciones y evita conflictos sobre la comisión y la exclusividad.
¿Cuándo tengo derecho a la comisión?
Según lo pactado en la nota de encargo. Por eso es clave definir el momento del devengo con precisión.
¿Un seguro me cubre?
Un seguro de responsabilidad civil profesional puede cubrir reclamaciones, pero no sustituye a una buena praxis y a contratos sólidos.
Protege tu agencia antes de que llegue la reclamación
En Ros Legal Abogados revisamos tu nota de encargo, diseñamos tus protocolos de comprobación y te defendemos frente a reclamaciones de responsabilidad. Primera consulta gratuita. Llámanos al 606 300 234 o visita nuestra página para inmobiliarias.
Guía informativa basada en el régimen del contrato de mediación y en la jurisprudencia sobre responsabilidad de los agentes inmobiliarios. Cada caso requiere análisis individualizado.


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