Baremo de accidentes de tráfico 2026: cómo se calcula la indemnización

Primer plano de un mazo de juez de madera

Después de un accidente de tráfico, la pregunta que más se repite es siempre la misma: ¿cuánto me van a pagar? La respuesta no depende de lo que “parezca justo”, sino de un sistema legal muy concreto que fija cifras y criterios objetivos: el baremo de accidentes de tráfico. Te explicamos cómo funciona.

Aviso: guía informativa; el cálculo exacto depende de tu informe médico y de tus circunstancias personales. En Ros Legal Abogados revisamos si la oferta de la aseguradora se ajusta al baremo. Primera consulta gratuita: 606 300 234.

Qué es el baremo y por qué existe

El baremo de accidentes de tráfico es el sistema legal que fija cómo se calcula la indemnización por los daños personales sufridos en un accidente de circulación. Lo establece la Ley 35/2015, de 22 de septiembre (BOE-A-2015-10197), en vigor desde el 1 de enero de 2016, que reformó el sistema anterior para que las indemnizaciones reflejen mejor la situación real de cada víctima: sus circunstancias personales, familiares, laborales y profesionales, no solo el tipo de lesión.

Las tres piezas que componen la indemnización

El baremo no da una cifra única: suma varios conceptos distintos según lo que haya sufrido cada persona.

  • Perjuicio personal básico: indemniza los días que dura la recuperación, distinguiendo si hubo hospitalización, si el día fue “impeditivo” (no pudiste hacer tu actividad habitual) o no, y la gravedad de esos días.
  • Secuelas: cada secuela que te queda después de la curación tiene asignado un rango de puntos según su gravedad. Si hay varias secuelas, los puntos se combinan mediante una fórmula específica (la llamada fórmula de Balthazar), y el total de puntos se convierte en una cantidad económica según las tablas del baremo.
  • Lucro cesante: la pérdida de ingresos reales que el accidente te ha causado, cuando puede acreditarse.

No es solo para accidentes de tráfico

Aunque nació para la circulación de vehículos, el baremo de la Ley 35/2015 se usa también, de forma orientativa, para valorar otros daños personales indemnizables: accidentes laborales, negligencias médicas, o cualquier supuesto de responsabilidad civil donde haya que poner cifra a una lesión. Es, en la práctica, la referencia general de la valoración del daño corporal en España.

Por qué no debes aceptar la primera oferta de la aseguradora sin comprobarla

Las aseguradoras suelen ofrecer una cantidad basada en su propia lectura del baremo, que no siempre incluye todos los conceptos a los que tienes derecho —es habitual que se olviden u omitan el lucro cesante, o que infravaloren las secuelas—. Comprobar la oferta contra el baremo real, partida por partida, es la única forma de saber si te están pagando lo que corresponde.

Preguntas frecuentes

¿El baremo da siempre la misma cantidad para la misma lesión?
No exactamente: dentro del rango de puntos de cada secuela hay margen, y las circunstancias personales (edad, actividad laboral, situación familiar) pueden aumentar la indemnización final.

¿Puedo reclamar si el accidente no fue en carretera, sino en un aparcamiento o vía privada?
El baremo se aplica a los accidentes de circulación en general, no solo en carretera; conviene valorar cada caso concreto.

Mi aseguradora me ha hecho una oferta, ¿tengo que aceptarla?
No estás obligado a aceptar la primera oferta; puedes negociar o reclamar judicialmente si consideras que no refleja correctamente el baremo.

¿El baremo cubre también los daños a los familiares de alguien fallecido en un accidente?
Sí, existe una tabla específica de perjuicio patrimonial y personal para los familiares en caso de fallecimiento.


¿Te han ofrecido una indemnización por un accidente de tráfico? Te decimos si es la correcta

En Ros Legal Abogados revisamos tu informe médico, calculamos la indemnización real según el baremo y negociamos con la aseguradora si la oferta se queda corta. Primera consulta gratuita. Llámanos al 606 300 234 o escríbenos desde nuestra página de contacto.

Fuente oficial: Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (BOE-A-2015-10197).

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